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Aviso legal, privacidad y cookies: qué necesita la web de un negocio en España

Qué textos legales necesita la web de un negocio en España: aviso legal (LSSI-CE art. 10), privacidad (RGPD), cookies y accesibilidad, con lista práctica.

Actualizado el 8 min de lecturaPor el equipo de Tu Presencia Online

En resumen

La web de un negocio en España necesita un aviso legal con tus datos (nombre, domicilio, correo, NIF y, si aplica, registro, autorización o colegio), según el art. 10 de la LSSI-CE. Si recoges datos, por ejemplo con un formulario, también una política de privacidad (RGPD). El banner de cookies solo hace falta si usas cookies que no son técnicas, y una microempresa de servicios está exenta de la ley de accesibilidad.

La web de un negocio en España necesita, como mínimo, un aviso legal con tus datos reales. Si recoge datos de clientes (un formulario de contacto, por ejemplo), también una política de privacidad. El banner de cookies solo es obligatorio si la web usa cookies que no son técnicas, como las de publicidad o muchas de analítica. Y si eres una microempresa de servicios, la ley de accesibilidad no te obliga.

Abajo tienes qué pide cada norma, de dónde sale y una lista para revisar tu web en diez minutos. Es información general, escrita a partir del texto de las leyes y de las guías de la AEPD, no asesoramiento legal: si tu caso tiene algo fuera de lo normal, consúltalo con un abogado o con tu gestoría.

¿Qué textos legales necesita la web de un negocio?

El aviso legal siempre, la privacidad casi siempre y el aviso de cookies solo a veces. La accesibilidad obliga a pocos negocios pequeños. Esta tabla resume cuándo hace falta cada cosa:

TextoCuándo es obligatorioQué ley lo pide
Aviso legalSiempre que la web forme parte de tu actividad económicaLSSI-CE, art. 10
Política de privacidadCuando la web recoge datos personales (formulario, reservas, analítica que identifica)RGPD y LOPDGDD, art. 11
Aviso y banner de cookiesSolo si usas cookies que no son técnicas o estrictamente necesariasLSSI-CE, art. 22.2
Requisitos de accesibilidadServicios de la lista de la ley; las microempresas de servicios están exentasLey 11/2023

La LSSI-CE se aplica a los servicios de la sociedad de la información, y su anexo aclara que incluye los que no cobran al usuario «en la medida en que constituyan una actividad económica para el prestador». La web de un taller, una peluquería o un fisio, aunque no venda nada online, está ahí para conseguir clientes, así que lo prudente es cumplir.

Los datos del art. 10.1 de la LSSI-CE, accesibles «de forma permanente, fácil, directa y gratuita». Lo normal es una página «Aviso legal» enlazada desde el pie de todas las páginas.

Siempre:

  • Tu nombre o razón social. Si eres autónomo, tu nombre y apellidos, no solo el nombre comercial.
  • Tu domicilio o, en su defecto, la dirección de un establecimiento permanente en España.
  • Un correo electrónico y otro dato que permita contactarte de forma directa (normalmente el teléfono).
  • Tu NIF.

Según tu caso:

  • Si eres sociedad, los datos del Registro Mercantil (tomo, folio, hoja) o del registro donde estés inscrito.
  • Si tu actividad necesita autorización administrativa previa, los datos de esa autorización y del organismo que te supervisa.
  • Si ejerces una profesión regulada: colegio profesional, número de colegiado, título oficial, país donde se expidió y normas profesionales que se aplican.
  • Si publicas precios: información clara de si llevan IVA y, si envías algo, los gastos de envío.
  • Si te has adherido a algún código de conducta, cuál y dónde consultarlo.

Algunos casos por oficio:

  • Fisioterapeutas, dentistas, podólogos, psicólogos, abogados. Son profesiones colegiadas: pon el colegio y tu número de colegiado. Además, en sanidad, el Real Decreto 1277/2003 dice que solo los centros sanitarios autorizados pueden hacer publicidad de actividad sanitaria, y que esa publicidad debe llevar el número de registro que da la autoridad sanitaria. Ponlo en la web. Lo detallamos en las páginas de fisioterapeutas y clínicas dentales.
  • Autónomos que trabajan desde casa (fontaneros, electricistas, cerrajeros). La ley habla de residencia o domicilio. Si no quieres publicar tu casa, pregunta a tu gestor qué dirección puedes usar.
  • Talleres, restaurantes, peluquerías con precios en la web. Di siempre si el precio lleva IVA: «Cambio de aceite desde 59 € (IVA incluido)».

La LSSI-CE fija tres niveles, con multas máximas en su art. 39.1: leve, hasta 30.000 €; grave, de 30.001 a 150.000 €; muy grave, de 150.001 a 600.000 €, para casos mucho más serios que no suelen afectar a la web de un negocio local.

Que falte la información del art. 10 es leve en general (art. 38.4 b), y grave si la falta es significativa en tus datos de identificación o en los precios (art. 38.3 b). Usar cookies sin informar ni pedir consentimiento es leve (art. 38.4 g).

Son importes máximos. Nadie te puede decir qué multa te pondrían, y meter miedo con estas cifras es un truco de venta habitual. Lo útil es saber que cumplir cuesta poco: una página con tus datos.

¿Necesito política de privacidad?

Sí, si tu web recoge datos personales de alguien: un formulario de contacto o de presupuesto, una suscripción, o una herramienta de analítica que identifica a los visitantes. El RGPD te obliga a informar, y la LOPDGDD (art. 11) permite hacerlo por capas: una primera capa breve, junto al formulario, y la política completa en su propia página.

La primera capa debe incluir, al menos:

  1. Quién eres (el responsable del tratamiento).
  2. Para qué usas los datos («para contestar a tu consulta y enviarte el presupuesto»).
  3. Que la persona puede ejercer sus derechos (acceso, rectificación, supresión y el resto de los arts. 15 a 22 del RGPD), y cómo.

En la página completa explicas el resto: base legal, cuánto tiempo guardas los datos, a quién se los pasas (por ejemplo, la empresa que aloja el formulario) y cómo reclamar ante la AEPD.

Si tu web solo tiene el teléfono y un botón de WhatsApp, sin formulario ni analítica que identifique, recoge muy poco, pero conviene igualmente tener una página de privacidad sencilla que lo explique.

¿Cuándo NO hace falta un banner de cookies?

Cuando la web no usa cookies, o solo usa cookies técnicas o estrictamente necesarias. El art. 22.2 de la LSSI-CE pide consentimiento, después de dar «información clara y completa», para guardar o leer datos en el dispositivo del visitante. Pero excluye el almacenamiento técnico necesario para transmitir la comunicación o para prestar un servicio que el usuario ha pedido.

✗ Necesitas banner
  • Píxel de Facebook o etiquetas de Google Ads
  • Analítica que sigue al visitante entre webs o cede datos a terceros
  • Vídeos o mapas incrustados que instalan sus propias cookies de seguimiento
  • Chat o widget de terceros que guarda datos para publicidad
✓ No necesitas banner
  • Web sin cookies
  • Solo cookies técnicas: idioma, sesión, carrito
  • Analítica sin cookies o que cumple las condiciones de exención de la AEPD
  • Enlaces normales a tu Google Maps o tu Instagram

Sobre la analítica, la guía de la AEPD de enero de 2024 admite que las cookies de medición de audiencia queden exentas de consentimiento si se usan solo para medir la audiencia de tu propia web, por tu cuenta, para estadísticas anónimas, sin combinarlas con otros tratamientos, sin cederlas a terceros y sin seguir al usuario por otras webs. Si tu herramienta no cumple todo eso, necesitas consentimiento.

Y si necesitas banner, hazlo bien: desde la actualización de la guía de la AEPD de 2023, «Aceptar» y «Rechazar» tienen que estar al mismo nivel, y rechazar no puede costar más que aceptar. Un banner con un botón grande de «Aceptar» y el rechazo escondido en «Configurar» no vale desde enero de 2024.

Para una web de negocio local, lo más cómodo suele ser no instalar nada que necesite banner: sin píxeles de publicidad y con una analítica sin cookies. El visitante entra directo a ver tu teléfono, sin una ventana tapando media pantalla del móvil.

¿Tengo que cumplir la ley de accesibilidad?

Probablemente no, si eres un negocio pequeño. La Ley 11/2023, la versión española de la Ley Europea de Accesibilidad, se aplica desde el 28 de junio de 2025 a una lista concreta de servicios para consumidores: comercio electrónico, banca, libros electrónicos, comunicaciones electrónicas, webs y apps de transporte, entre otros. Y dice textualmente: «Las microempresas que presten servicios estarán exentas de cumplir los requisitos de accesibilidad».

Una microempresa, según la ley, es la que emplea a menos de 10 personas y no supera los 2 millones de euros de facturación anual o de balance. Es decir, casi todos los talleres, fontanerías, peluquerías y consultas del país.

Que no te obligue no significa que no te convenga: letra legible, buen contraste, botones grandes y textos que se entiendan ayudan a cualquier cliente, sobre todo a los mayores. Las webs pagadas con el Kit Digital tenían que cumplir el nivel WCAG 2.1 AA de todas formas.

Lista para revisar tu web hoy

Abre tu web en el móvil y comprueba esto. Si algo falla, es lo primero que hay que arreglar.

  • Hay un enlace «Aviso legal» en el pie, visible en todas las páginas.
  • El aviso legal tiene TU nombre o razón social, tu NIF, tu domicilio y tu correo, no los de la agencia que hizo la web ni los de otra empresa.
  • Si eres sociedad, figuran los datos del Registro Mercantil.
  • Si eres colegiado o centro sanitario, figuran el colegio, el número de colegiado o el número de registro sanitario.
  • Los precios que publicas dicen si llevan IVA.
  • Si hay formulario, junto a él hay un texto breve con quién trata los datos, para qué y cómo ejercer tus derechos, y un enlace a la política de privacidad.
  • Si aparece un banner de cookies, tiene «Rechazar» al mismo nivel que «Aceptar».
  • Si no aparece banner, sabes qué cookies usa tu web (se ve en la información del sitio de tu navegador, o pregúntaselo a quien te lleva la web).
  • Los textos legales están en español y al día: si has cambiado de dirección o de sociedad, también ahí.

Errores frecuentes en los textos legales

  • Aviso legal copiado de otra web, con el NIF de otra empresa o con huecos tipo «[NOMBRE DE LA EMPRESA]».
  • Los datos de la agencia en lugar de los tuyos. Pasa a menudo cuando la web la hizo un tercero.
  • Banner de cookies en una web que no usa cookies. No es ilegal, pero molesta al cliente y no aporta nada.
  • Política de privacidad de 4.000 palabras que habla de tienda online, newsletter y app, cuando tu web solo tiene un formulario.
  • Textos de hace diez años que citan la LOPD de 1999, derogada desde 2018.

Cómo lo hacemos nosotros

Las webs de Tu Presencia Online incluyen el aviso legal y la política de privacidad con tus datos reales, dentro de los 39 €/mes + IVA. Las montamos sin cookies de seguimiento, así que no llevan banner. Si cambias de dirección o de sociedad, nos lo dices por WhatsApp y lo actualizamos. Tienes el detalle de qué entra en precios.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio el aviso legal si soy autónomo?

Si tu web forma parte de tu actividad económica, sí: la LSSI-CE se aplica también a servicios gratuitos para el usuario cuando son una actividad económica para quien los presta. El art. 10 pide tu nombre, domicilio, correo, NIF y, según el caso, registro, autorización o colegio profesional.

¿Cuánto es la multa por no tener aviso legal?

Que falte la información del art. 10 es, en general, una infracción leve de la LSSI-CE, con multa de hasta 30.000 €. Puede ser grave (30.001 a 150.000 €) si la falta es significativa en tus datos de identificación o en los precios. Son importes máximos, no lo que se pone siempre.

¿Necesito banner de cookies si mi web no usa cookies?

No. La LSSI-CE pide consentimiento para guardar o leer datos en el dispositivo del visitante, salvo los técnicos o estrictamente necesarios. Sin cookies, o solo con técnicas, no hace falta banner.

¿Puedo copiar el aviso legal de otra web?

La estructura sí, los datos no. Un aviso legal con el nombre, el NIF o el domicilio de otra empresa, o el de la agencia que te hizo la web, no cumple el art. 10 y da muy mala imagen.

¿Tengo que cumplir la ley de accesibilidad?

Si eres una microempresa (menos de 10 personas y no más de 2 millones de euros de facturación o de balance) que presta servicios, la Ley 11/2023 te exime de sus requisitos de accesibilidad. Aun así, una web fácil de leer y usar te conviene.

¿Esta guía sustituye a un abogado?

No. Es información general para que sepas qué pedir y qué revisar. Si tu caso tiene algo especial (vendes online, tratas datos de salud, tienes varios establecimientos), consúltalo con un profesional.

¿Te hacemos tu web nueva?

Escríbenos el nombre de tu negocio y dónde estáis. Nosotros nos encargamos del resto.

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    Nos escribes por WhatsAppEl nombre de tu negocio y la localidad.
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    Preparamos tu webA partir de tu ficha de Google y tu web actual.
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    Te la enviamosPor WhatsApp, para que la veas en el móvil. Sin llamadas.
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